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Lo llevamos nosotros: registro de tratamientos, trazabilidad y documentación lista para cualquier inspección o auditoría.
1 de enero de 2027
Hasta el 31 de diciembre de 2026, el registro de tratamientos fitosanitarios todavía puede llevarse en papel. Desde el 1 de enero de 2027 tiene que llevarse en formato electrónico.
Lo que pasa a ser obligatorio es el registro electrónico de los tratamientos. El cuaderno digital de explotación completo sigue siendo, por ahora, voluntario.
Puede usarse el cuaderno digital gratuito de la administración u otra herramienta. Lo importante es llegar al 1 de enero con los tratamientos al día y ya en digital.
Revisamos cómo llevas hoy los tratamientos y qué falta.
Te dejamos el registro en digital, con lo que ya tengas anotado este año.
Te enseñamos a llevarlo o lo llevamos nosotros dentro del cuaderno de campo.
Base legal: Real Decreto 1039/2025 (BOE de 20 de noviembre de 2025) y Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564.
Los dos nombres
Es el mismo documento. «Cuaderno de campo» es como lo llama todo el mundo en la finca. «Cuaderno de explotación» es el nombre administrativo, y es el que usa la Administración en sus documentos. El Gobierno de Canarias emplea las dos expresiones.
Cuando se habla de CUE se está hablando del cuaderno digital de explotación: el mismo contenido, pero en formato electrónico. El paso al digital no cambia qué hay que registrar. Cambia cómo y con qué trazabilidad.
Es obligatorio para explotaciones que apliquen productos fitosanitarios.
Es lo primero que se pide en una inspección y en cualquier auditoría.
Sin él no se puede optar a certificaciones ni a determinadas ayudas.
Qué se registra
Es el bloque que más se revisa y donde aparecen casi todas las no conformidades.
Qué se aportó, cuánto y cuándo. Con los análisis que justifican esas decisiones.
La secuencia completa desde la plantación hasta la salida del producto.
El equipo de tratamiento tiene su propia obligación de inspección periódica, y su justificante entra en el cuaderno.
Lo que vemos en campo
Ninguno es un fallo de manejo agronómico. Son fallos de registro. La explotación hace las cosas bien pero no puede demostrarlo, y a efectos de inspección eso pesa igual que no haberlo hecho.
El cuaderno se rellena de golpe semanas después, de memoria. Se nota en la letra, en las fechas y en los huecos.
Falta la dosis real aplicada: se anota el producto pero no cuánto.
No consta el plazo de seguridad, que es justo lo que se comprueba frente a la fecha de recolección.
El aplicador no tiene el carné registrado, o lo tiene caducado.
El equipo de tratamiento sin inspección en vigor, o sin el justificante.
Cómo trabajamos
Miramos qué hay, en qué estado y qué falta. Si el cuaderno viene de atrás, se detecta qué se puede reconstruir y qué no.
Se ordena lo pendiente y se corrige lo que esté mal registrado, con el criterio con el que lo va a mirar un inspector.
A partir de ahí, cada intervención se anota cuando ocurre. Es la única forma de que el cuaderno aguante una revisión.
Antes de una auditoría o inspección, repaso completo con el mismo recorrido que hará quien venga.
Preguntas frecuentes
Los tratamientos fitosanitarios, solo hasta el 31 de diciembre de 2026: desde el 1 de enero de 2027 su registro tiene que ser electrónico. Para el resto del cuaderno depende de a qué esté acogida la explotación y de qué le exija su comprador o su certificación. Lo que no cambia es qué información hay que registrar.
Sirve como punto de partida. El problema no suele ser el soporte, sino que falten datos concretos: dosis, plazo de seguridad o quién aplicó. En la revisión inicial se ve qué se puede aprovechar.
Depende de quién lo revise: una inspección administrativa y una auditoría de certificación no tienen las mismas consecuencias. Lo que pasa siempre es que, sin registros completos, no puedes demostrar los plazos de seguridad si un cliente te reclama por un residuo.
Si la explotación tiene varias parcelas, varios cultivos o rotación de personal, sí: el coste de llevarlo mal es mayor que el de delegarlo. Para una parcela pequeña con un solo cultivo, muchas veces basta con que te enseñen a llevarlo bien.
Para acceder al REAC y cumplimentar el CUE en nombre de un agricultor, Canarias tiene un procedimiento de habilitación con autorización y, cuando corresponde, representación del titular. Llevar los registros de otra persona exige ordenar también ese acceso, y es de lo primero que se revisa.
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Seguimiento en campo, que es de donde salen los datos del cuaderno.
Cuéntanos cómo lo llevas ahora y te decimos qué hay que corregir.